Lo más probable es que se requiera la marca CE o UKCA si exporta a los 27 grupos de productos de los 27 estados miembros de la Unión Europea (UE) y 3 de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC).
Los «aparatos que queman combustibles gaseosos» utilizados para cocinar, calentar, producir agua caliente, refrigerar, alumbrar o lavar y que tengan, en su caso, una temperatura normal del agua no superior a 105 gC. También tendrán la consideración de aparatos los quemadores de tiro forzado y los cuerpos calefactores que vayan equipados con dichos quemadores.